Inicio ACTUALIDAD Destacados Volcán y Cosco Shipping con denuncia sin sustento buscan atentar contra la...

Volcán y Cosco Shipping con denuncia sin sustento buscan atentar contra la Libertad de Expresión

Dictarán sentencia por denuncia de “difamación” presentada contra dirigentes sociales de Chancay.

El viernes 02 de octubre, el 2do. Juzgado Unipersonal de Huaral dictará sentencia por una supuesta difamación cometida por Gina Pérez Huamán de Rodas (62 años), presidenta de la Coordinadora de Defensa de los Intereses de Chancay y por Carlos Manuel Romero Oliva (64 años), vicepresidente de la misma organización social, contra la empresa Terminal Puerto Chancay (hoy Cosco Shipping Port), a cargo de la construcción del Puerto Multipropósito en Chancay. Para la Coordinadora Nacional de Derechos (CNDDHH) que acompaña a los defensores querellados, este caso representa claramente una criminalización contra los defensores de derechos humanos y un peligroso antecedente contra la libertad de expresión.

Por su parte, la Dra. Katya Pinedo, abogada de los querellados, afirmó en su defensa que “la denuncia por difamación presentada por las empresas no tiene sustento porque se acusa a los pobladores de haber opinado lo mismo que declaró el ex presidente Pedro Pablo Kuczynski y la ex ministra de Transportes y Comunicaciones, María Jara. Es decir, por afirmar que el puerto multipropósito de Chancay servirá para sacar minerales”. Por este motivo, afirmó que el Juez Víctor David Minchan Vigo, a cargo del 2do Juzgado Unipersonal, debería declarar infundada la denuncia.

En efecto, en el 2019, la ministra de Transporte y Comunicaciones, María Jara, declaró Tenemos una inversión en puertos,… uno de ellos en Chancay que es iniciativa privada netamente de una minera, que desea sacar sus minerales” ( https://youtu.be/YqefIduUY50). De igual manera, en el 2017, el ex presidente Pedro Pablo Kunschinsky declaró en Chancay, se está trabajando con los chinos para poner un puerto de carga general y minero” (https://youtu.be/PcmUxu_gieE).


Por su parte, Carlos Rodríguez, de la Unidad de Protección de Defensores de la CNDDHH, señaló que “la libertad de expresión y opinión, derechos fundamentales y universalmente reconocidos, no pueden ser objeto de persecución por parte de empresarios para acallar las voces de quienes defienden su derecho a la salud, sus viviendas y un medioambiente sano”.

La audiencia para la lectura de la sentencia, será el 02 de octubre, a las 11 a.m. Para acceder a la audiencia, ingresar a: https://meet.google.com/zys-fiwq-nbk

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

Deja un comentario