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Pedido de vacancia del alcalde de la Provincia de Barranca no prosperó

Por disposición del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el día viernes 9 de noviembre el Concejo Provincial de Barranca debatió la vacancia del alcalde Romel Ullilèn Vega, a solicitud del ciudadano Pedro Gustavo Saavedra, teniendo como argumento jurídico la resolución Nº 0556-2012-JNE, ya que al parecer el Alcalde Provincial habría estado cobrando algunas bonificaciones provenientes del pacto colectivo. Después de escuchar los alegatos de ambas partes y el ejemplo del caso del distrito Coronel Portillo Albarracín de Tacna que en el mes de Agosto el JNE le dio la razón a dicho alcalde y que fue el punto de quiebre para que los regidores decidieran por mayoría rechazar el pedido de vacancia.


El Alcalde Provincial en su defensa, señaló que cuenta con más de 30 años de servicio en la administración pública, y que hasta la fecha no ha solicitado el pago de sus beneficios que de ley le corresponde, dejando en claro que como alcalde tampoco existe ningún tipo de ánimo de lucrarse, muy por el contrario , al tomar conocimiento de la jurisprudencia electoral ocurrida al cargo de Alcalde de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna, ordenó a la encargada de Recursos Humanos suspender cualquier pago que se le pretenda realizar si estos provienen de los convenios colectivos y además se realice una revisión de sus planillas de pago, por bonificaciones y otros conceptos que corresponden a los convenios colectivos, hecho que la autoridad edil, devolviera a la comuna la totalidad de los conceptos que no le corresponde cobrar en su calidad funcionario de elección popular, mucho antes a que fuera solicitada su vacancia , sujetándose con ello la conducta establecida en la Jurisprudencia electoral, Resolución N° 0671 – 2012 – JNE.

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