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ENCUENTRAN MÁS ELEMENTOS QUE PROBARÍAN QUE POSTULACIÓN DEL CANDIDATO DEL APRA, GROVER SUSANÍBAR VALERIO, SERÍA IRREGULAR.

Al parecer la inexperiencia de los integrantes del JEE de Huaral no les ha permitido darse cuenta de las graves contradicciones existentes, en las Actas del Tribunal Regional Electoral de Lima pertenecientes al Partido Aprista Peruano, presentadas por el APRA para inscribir a sus candidatos a participar en las elecciones municipales del mes de octubre.

Por ejemplo, la Legalización Notarial de Apertura de Libro, registrado con el número 1645 – 2010, en la Notaría Pública de Huacho, que despacha el abogado Carlos Reyes Ugarte, tiene como fecha de Legalización el 02 de julio del 2010, lo que no concuerda con su contenido donde aparece la primera Sesión del TRE Lima Provincias, con fecha 13 de junio del año 2010 y que tenía por objeto: “proclamar los resultados y candidatos ganadores en las elecciones internas para determinar los candidatos a las Elecciones Regionales Y Municipales 2010 en la Región Lima Provincias”.

Es conocido que las legalizaciones de los Libros de Actas deben de hacerse antes y no posterior al evento donde se han tomado acuerdos y que es necesario el ser refrendado por los participantes; en este caso, el acta es firmada por solo los integrantes del TRE aprista que confirman que en las Elecciones Internas realizadas el 9 de junio del 2010, ganó la Lista encabezada por Cesar Augusto Valladares Molina y que, posteriormente, el 12 de junio del mismo año designan, en una Convención Electoral Regional, realizado en la ciudad de Huacho, supuestamente, a Grover Susanibar Valerio como candidato a la alcaldía de Huaral.

Designación que es negada por algunos participantes, entre ellos, don Carlos Villarreal que en una carta dirigida a la señora Luzmila Otayza Delgado, Presidente del TRE Lima Provincias, le manifiesta: “que él formó parte como Delegado Pleno en la Convención realizada el 12 de junio del 2010 en Huacho y que nunca se mencionó el nombre de Grover Susanibar Valerio, ni de ningún otro invitado, para conformar la Lista definitiva de candidatos a la elecciones regionales y municipales del mes de octubre”


Y, como es de conocimiento público, el Tribunal Nacional Electoral del APRA, el 15 de junio del 2010 emite la Resolución Nº 118 – 2010 – TNE – PAP, donde proclama como candidatos provinciales de Huaral, a Cesar Valladares Molina y su Lista de regidores.

Un juego de fechas que a simple vista no tienen explicación y que parece que dada la recargada labor del JEE de Huaral, sus miembros no le han puesto la atención debida, por lo cual, fue admitida la lista de candidatos encabezada por el regidor Grover Susanibar Valerio, dejando a su paso una serie de dudas

Para colmo de males el Acta de marras no cuenta con las firmas de los Delegados Plenos participantes en la Convención huachana y que, por supuesto, a los dirigentes locales del APRA no les interesa aclarar, nada al respecto.

 

 

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