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Conductores que tengan multas no podrán renovar brevetes

Los cambios que trajo consigo el nuevo Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, publicado el 23 de junio pasado, están tomando por sorpresa a más de un usuario.

Se cambiaron los requisitos para la obtención de duplicado, revalidación y recategorización del brevete. Con la nueva norma, los conductores que no paguen sus papeletas por infracciones de tránsito no podrán obtener el permiso de conducir.

El gerente regional de Transportes, José Gamarra Vásquez, señaló que esta disposición ya se aplica en Arequipa desde el 23 de julio.

«Antes los conductores podían tener decenas de papeletas, incluso las multas prescribían y no pasaba nada. Ahora, el proceso es diferente. En el sistema del Registro Nacional de Sanciones tiene que aparecer que no tienen papeletas pendientes».

En caso, los choferes no puedan realizar la cancelación total de la deuda, tienen la opción de recurrir al fraccionamiento de la misma y pagar la primera cuota. Con dicha constancia, quedarán expeditos para realizar su trámite.

La Municipalidad Provincial de Arequipa es la entidad encargada de realizar el cobro de las sanciones por infracciones de tránsito. Por este concepto, la comuna tiene en cartera cobrar alrededor de S/ 27 millones.

Roberto Rodríguez Peña, gerente de Administración Tributaria de la municipalidad, señaló que este monto representa a unas 50 mil papeletas que se arrastran desde el año 2013.

Entre las faltas más recurrentes figuran: estacionarse en zonas prohibidas, no usar el cinturón de seguridad, tener el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vencido.


En la Gerencia Regional de Transportes, al día se realizan en promedio 40 trámites por pérdida, 150 por revalidación y 70 por recategorización de estos permisos.

Se oponen a examen
Una de las modificaciones que establece el Decreto Supremo 007 – 2016 MTC es que los conductores que vayan a revalidar sus licencias, deben dar un nuevo examen de reglas de tránsito.

Según Gamarra, algunos asociaciones de taxistas, camioneros y transportistas en la región ya han mostrado su disconformidad con este nuevo requerimiento y buscan que sea anulado. Se basan en que un profesional no tiene que volver a dar un examen para revalidar un título o grado profesional.

La medida aún no está en aplicación, recién entrará en vigencia el 1 de enero del 2017.

Un nuevo decreto
El fin de semana, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitió el nuevo Decreto Supremo 018 – 2016 que realiza diversas modificaciones al nuevo Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, publicado en junio.

Entre los principales cambios figuran que los postulantes a licencias de conducir de categoría A-1 deberán llevar clases de primeros auxilios en caso de accidentes de tránsito y mecánica básica. Las clases deben ser dictadas por las escuelas de conductores.

No obstante, el gerente de Transportes, José Gamarra, señaló que el mismo decreto establece la prórroga de la implementación del reglamento hasta el 1 de enero del 2017.

El aplazamiento se debe a que aún falta implementar diversos sistemas electrónicos que permitan el correcto registro de información, pues se prevé que el MTC trabaje en un sistema enlazado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

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