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Increíble, Director de Ugel 10, no tendría grado académico para el cargo

Agustín Bravo García
Agustín Bravo García

Un escándalo de ribetes inimaginables, fue denunciado por el Sindicato de Trabajadores Administrativos del Sector Educación – SITASE en una conferencia de prensa en horas de la mañana ayer en Huaral, desvergüenza e inmoralidad en la gestión del presidente regional Javier Alvarado.

El gremio de educativo de la región, con documentos emitidos por la Asamblea Nacional de Rectores demostró que el director de la UGEL 10 Agustín Abelino Bravo García, sólo cuenta con registro de grado académico de Bachiller.

Miguel Ángel Loza Peñarán Secretario General del SITACE – Huaral, detalló que tras solicitar la información a la Asamblea Nacional de Rectores para verificar si el mencionado director de la UGEL 10, cumplía con lo señalado por la normatividad de la carrera magisterial; contar con el grado académico y tiempo de servicio requerido.
Bravo García – según indicaron – firmaba como licenciado, pero sin contar con título de licenciado, por lo que se habría violentado la fe pública, cuando únicamente ostenta el grado académico de bachiller.

De igual modo hicieron lo propio sobre el Ing. Jesús Alberto Mendoza Gonzales actual jefe de personal de la UGEL 10, quien contaría con título profesional de Ingeniero de Sistemas, pero la ANR les informó que Mendoza Gonzales no tendría ningún grado académico como ingeniero, porque no registra tener título profesional ni bachillerato en ése Capítulo profesional, anotaron.


La nueva ley de la carrera pública magisterial, en su Artículo 7º.- establece la estructura de la Carrera Pública Magisterial en 5 niveles, con el tiempo mínimo de permanencia en ellos (niveles) de la manera siguiente:
a. Primer (I) Nivel Magisterial : Tres (3) años.
b. Segundo (II) Nivel Magisterial : Cinco (5) años.
c. Tercer (III) Nivel Magisterial : Seis (6) años.
d. Cuarto (IV) Nivel Magisterial : Seis (6) años.
e. Quinto (V) Nivel Magisterial : Hasta el momento del retiro de la Carrera.

Mientras que para ser director de UGEL, el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial (LRM) en su artículo N° 61, estipula “Acceso a cargo de director de UGEL”, Literal 01 establece que; la Dirección Regional de Educación es responsable de conducir el proceso de concurso público de los directores de las UGELes; Concurso regulado por el Ministerio de Educación (MINEDU) y desarrollado por el Gobierno Regional.
Además establece la norma que para ser director de UGEL, solo podrá acceder el docente que se encuentre en la cuarta escala magisterial, de escalas inferiores solo ocuparán cargos de áreas de desempeño laboral.

Por lo tanto, el Director Agustín Bravo no cumpliría con la Ley y Javier Alvarado tampoco la hace cumplir la Ley, por lo que los padres de familia y colectividad en general, esperan una respuesta aclaratoria, sobre este hecho que a todas luces demostraría por ahora que en los concursos del sector no hay meritocracia; y que los comités de evaluación son un mero órgano fantoche, para favorecer a profesionales inadecuados.

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